Es con sumo gusto que luego de varios meses de intensas gestiones acompañando a las autoridades del Ministerio de Salud Pública, las farmacias han sido habilitadas para la realización de los test rápidos de antígenos para la detección de COVID-19.
Se envía en esta oportunidad el marco normativo aprobado con esta finalidad (decreto y reglamentación).
El inicio del trámite comienza con el envío on-line al MSP de declaración jurada suscrita por el Sr. Director Técnico Químico Farmacéutico, en la cual se incluyen nombres y número de documento de identidad del personal de la farmacia que va a participar de la realización del presente servicio.
Link para inicio de trámite:
https://bpmgob.msp.gub.uy/autenticacion/login?redirect=https://bpmgob.msp.gub.uy/tramites/iniciar/382
En dicha declaración se incluyen aspectos técnicos de gestión, requisitos operativos e información del personal involucrado.
Una vez que el MSP verifique la información recibida de cada farmacia que completó la declaración jurada, todas las personas incluidas en el formulario de solicitud recibirán una clave para poder realizar la capacitación. Dicha capacitación se desarrolla a través de dos módulos, debiendo alcanzar un 50% en las actividades de evaluación para recibir un certificado que acredite la aprobación y otorgue la posibilidad de realizar test de antígenos para SARS CoV-2.
Link para capacitación: https://campus.msp.gub.uy
El personal de la farmacia que realice el servicio debe usar EPP y trabajará dando correcta gestión a los residuos biológicos. La farmacia contará con un contrato/mecanismo firmado con una empresa habilitada para la recolección de residuos biológicos potencialmente contaminados.
El resultado del test será subido a la plataforma digital de manera inmediata. El Director Técnico, o quién él delegue, actuará en calidad de “auditor” y podrá revisar todos los datos cargados a la plataforma, para verificar la exactitud de la información.
Todas las consultas que surjan en el proceso de implementación podrán ser enviadas al correo testrapidofarmacias@gmail.com, que en un breve lapso serán contestadas por dicho medio.
Las cámaras de farmacias han asumido una gran responsabilidad para garantizar a las autoridades sanitarias que el servicio será correctamente brindado en las farmacias.
La confiabilidad ante la población y las autoridades de la farmacia estará planteada. Trabajaremos para que el servicio brindado por todos los socios sea de calidad.
Esperemos que este hecho represente el inicio de un camino de iniciativas positivas para volver a posicionar a la farmacia como un actor importante del sistema de salud.
Decreto / Ordenanza (click para ver o descargar)
Asociación de Farmacias del Interior
Centro de Farmacias del Uruguay
Cámara Uruguaya de Farmacias y Afines
Asociación de Farmacias del Interior
Teléfonos de contacto:
2409 9919 / 2409 9876 / 2409 2713
Correo electrónico:
contacto@afi.com.uy
Dirección:
18 de julio 1874 - Oficina 405, Edificio de las Instrucciones
Montevideo - Uruguay